El acoso laboral, tipos y como denunciarlo

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El acoso laboral no es algo que haya nacido ayer o fruto de los medios de comunicación. Por desgracia viene de lejos, quizás sea tan antiguo como el trabajo. Estamos ante una realidad que cada vez es más denunciada,  a pesar de esto; en algunos casos es complicado identificarlo.

 

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Muchas veces podemos ver que la discriminación laboral aparece como algo que en cierta manera entra dentro de lo normal. Algo lógico cuando donde aparece el acoso no tienen el mínimo interés en que esto pueda llegar a oídos de un juez. 

Tipos de acoso laboral

 

  • Acoso de carácter institucional. Llega hasta el punto de para muchas empresas ser fruto de su estrategia, todo con el objetivo de que la persona a la que se acosa termine “rindiéndose” y rescindiendo el contrato voluntariamente. La empresa busca esto para no afrontar la posible indemnización por despido improcedente que podría sufrir.
  • Acoso de dirección. Aquí los que llevan a cabo el acoso no son los simples empleados, puesto que lo lleva la dirección de la empresa. Las razones para el acoso, son de lo más variado, desde prescindir de un empleado que no dice que “sí” a todo, hasta motivos personales, desde no querer en la empresa a alguien con supra-capacitación a no tener la mínima consideración por la persona.

En esta clase de acoso en el trabajo, se intenta que aumente la productividad que tiene la empresa mediante el miedo, pues los empleados suelen sufrir amenazas constantes de despido en caso de no cumplir los objetivos marcados desde la dirección.

  • El acoso perverso. Este tipo de acoso no tiene un fin laboral, lo que ocurre es que se desarrolla una personalidad manipuladora y con instigaciones continuas por parte del acosador. En este tipo de acoso, los actos se realizan solo con la víctima, por lo que es complicado que tenga testigos. Todo esto es algo que te puede afectar en el ámbito de la familia, más allá del entorno de trabajo.

 

 


  • El acoso disciplinario. Se utiliza, para que la persona a quien se acosa comprende que tiene que entrar en el funcionamiento de la empresa, aunque sea fraudulento, de lo contrario recibirá una serie de castigos.

No solo es un acoso que genera miedo en la víctima, también sirve para advertir al resto de compañeros que ellos pueden ser los próximos de no acatar las instrucciones.

Estas acciones suelen emprenderse con trabajadores que también suelen tener un buen número de bajas laborales, embarazadas y demás personas que denuncian que la empresa en cuestión está funcionando o teniendo comportamientos de carácter fraudulentos.

 

Cómo denunciar acoso laboral

A la hora de poner una denuncia por este tipo de acoso, debes saber que existen una serie de jurisdicciones ante las que puedes acudir:

 

Jurisdicción Social

Existen procedimientos laborales que se pueden poner en marcha:

Interponer demanda para la tutela de los Derechos Fundamentales: aquí se defiende la dignidad de la persona acosada, por lo que lo que se busca es que el Juez obligue al acosador a que cese en su comportamiento.

Poner en marcha para que se procesa a extinguir la relación laboral existente: aquí se pide que finalice la relación con la empresa y sea reconocida la indemnización máxima. Consideración de despido improcedente y que se abra la posibilidad de solicitar la prestación por desempleo son los objetivos.

Procedimiento destinado a reclamar daños y perjuicios: además de demandar la tutela de los derechos fundamentales, es posible pedir a la empresa que pague los daños y perjuicios que cause el acoso. Todo pasa aquí por ser capaz de demostrar dichos daños y cuantificarlos adecuadamente.

Todos los derechos pasan a reclamarse: si lo que se quiere es salir lo más rápido que se pueda de la empresa por la situación de acoso, puede demandarse todos los derechos que uno tiene para que al final la empresa termine despidiendo al trabajador. Con el despido el acoso finaliza, pudiendo en ese momento proceder a la impugnación del despido.

Debemos recordar que es posible solicitar al Juzgado que de la autorización al trabajador para que no vaya a trabajar hasta que no termine el juicio y que la empresa le pague el salario. En la mayor parte de los casos, hay que demandar a acosador y empresa.

 

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Procedimiento Penal

En el plano penal debemos tener en cuenta que podemos comenzar una serie de procedimientos en el plano penal:

Contra la persona acosadora: el acoso es posible que sea un delito cuando se realizan agresiones, amenazas, etc.

Contra la empresa: cuando se tomen las medidas que deberían para que cese el acoso.

 

Procedimiento Civil del acoso laboral

Es posible proceder a la solicitud de las responsabilidades extracontractuales del agresor, siempre que no sea el empresario.

 

Procedimiento Contencioso-Administrativo

Si el tema del acoso es sobre un funcionario público, la vía a la que se debe acudir es la vía contenciosa, no la laboral. Hay que tener en cuenta que en la Administración cuentan con un protocolo que lucha por evitar el acoso.

Cuando no se actúa se puede realizar la correspondiente demanda ante los Juzgados de lo Contencioso/Administrativo y solicitar la indemnización por daños y perjuicios al acosado.

 

 

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DR. GUILLERMO ASMAT BANINI

 

Abogado Chimbotano (Perú) especialista en Derecho Laboral, Penal, Civil. Actualmente ubicado en un oficina céntrica en la ciudad de Chimbote, Jr. Manuel Villavicencio 271 Of. 209 - 3er. Piso.

Telef. (043) 322539 - Cel. 943 980955

Email: guillermo_asmat@hotmail.com