Pensión por invalidez y los requerimientos para la pensión de invalidez no contributiva

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La Pensión de Invalidez entendida como pago mensual a la persona calificada Inválida, cuya patología o accidente no derive de área laboral, es decir de origen común.

 

Del mismo modo, la calificación de invalidez se otorga por la pérdida del 50% de la capacidad para laborar sea de carácter físico, psíquico o congénito que imposibilite la condición física, psíquica y sensorial.

 

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O que en cualquier caso inhabilite al trabajador a realizar sus funciones cotidianas y amerite la ayuda de un tercero para poder realizarlas.

Por otra parte, dentro de las pensiones por discapacidad también se observan ayudas por lesiones permanentes no invalidantes.

La pensión por invalidez se refiere a mutilaciones, deformidades y lesiones producto de accidentes laborales o enfermedades de tipo profesional.

Estas lesiones suponen una disminución de la entereza física del trabajador, no es necesario que constituyan incapacidad permanente.

 

Requisitos para para la pensión de invalidez no contributiva

Cabe destacar que la pensión no contributiva de invalidez dentro de la Ley General de la Seguridad Social presenta requisitos para la obtención de una Pensión por Discapacidad.

 

En dado caso existen requisitos generales y otros que son específicos sin embargo como primer requisito destaca el alta en la Seguridad Social este es obligatorio para percibir el beneficio.

 

Por su parte aquellas que son declaradas con incapacidad permanente total o absoluta deben poseer un número de cotizaciones que varían según la edad y si está en situación de alta o no.

 

En el caso de la pensión de invalidez por enfermedad Común, es decir no originado por trabajar debe haber cotizado la suma de 1800 días esto debe ser 10 meses antes al diagnóstico de la incapacidad.


Cuando la incapacidad es originada por un accidente o enfermedad laboral y tenga la edad que tenga el demandante no se solicitará previa cotización.

 

Los que poseen una incapacidad permanente absoluta o gran invalidez pueden optar por la pensión de discapacidad independientemente de sus años cotizados y de la situación de alta o no.

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DR. GUILLERMO ASMAT BANINI

 

Abogado Chimbotano (Perú) especialista en Derecho Laboral, Penal, Civil. Actualmente ubicado en un oficina céntrica en la ciudad de Chimbote, Jr. Manuel Villavicencio 271 Of. 209 - 3er. Piso.

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